Declararon inconstitucional al DNU que imponía limitaciones a su ejercicio
Un fallo clave a favor de la CGT: el Juzgado Nacional del Trabajo N° 3 invalidó artículos centrales del DNU 340/2025 por violar la libertad sindical y exceder facultades del Ejecutivo.

Vulneración de la libertad sindical
La magistrada también consideró que la norma vulneró la libertad sindical. Ello, en tanto, el DNU ampliaba restrictivamente la lista de servicios esenciales, limitando el derecho de huelga en sectores como la marina mercante.
La CGT argumentó que esto violaba tratados internacionales (Convenio 87 de la OIT, CADH) y el art. 14 bis de la Constitución, que garantiza la libertad sindical. Además, recordó que la OIT advierte contra definiciones extensivas de «servicios esenciales», ya que pueden debilitar derechos laborales.
La jueza consideró que el Ejecutivo incurrió en usurpación de facultades legislativas dado que se pretendió reemplazar al Congreso en la modificación de leyes.
El DNU no solo agregó un servicio esencial, sino que sustituyó un artículo completo de una ley, algo que excede las atribuciones constitucionales del Ejecutivo.
Fuente: Source link






