Educación convocó a contratados a presentar la factura de mayo: cómo será el cronograma
El Ministerio de Educación informó que el personal contratado bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración deberá presentar la factura electrónica correspondiente al mes de mayo de 2026, siguiendo un cronograma organizado según la terminación del DNI.
Desde la cartera educativa indicaron que las facturas podrán confeccionarse a partir del 19 de mayo y deberán estar firmadas y selladas por la autoridad directiva correspondiente antes de ser entregadas en el Centro Cívico.
Cronograma para Servicios Generales
Los trabajadores de Servicios Generales, conocidos comúnmente como porteros, deberán asistir al Hall de Exposiciones del Centro Cívico, ubicado en planta baja frente a la Isla del IPV, de 8 a 15 horas.
DNI terminados en 0, 1, 2, 3 y 4: miércoles 20 de mayo.
DNI terminados en 5, 6, 7, 8 y 9: jueves 21 de mayo.
Qué pasará con los administrativos
En el caso del personal administrativo, la presentación deberá realizarse en la Oficina de Contratos durante los días 20 y 21 de mayo, en el horario de 8 a 12.30.
Por otra parte, quienes residan en departamentos alejados como Calingasta, Iglesia, Jáchal y Valle Fértil tendrán que entregar la documentación a sus directivos para luego remitirla a las respectivas unidades de gestión.
Cómo debe confeccionarse la factura
Educación detalló además que las facturas deberán emitirse con fecha 29 de mayo de 2026, incluyendo el período facturado desde el 1 al 31 de mayo y con vencimiento el 30 de junio.
El CUIT del Gobierno provincial es 30-99901516-2 y la condición frente al IVA debe figurar como “IVA Sujeto Exento”. En el detalle deberá consignarse el pago de honorarios correspondiente al Contrato Administrativo de Servicios de Colaboración del mes de mayo.
Para el caso de los porteros, el monto a facturar será de $420.000.
La documentación obligatoria
Las autoridades también recordaron que al dorso de la factura deberá incorporarse la leyenda correspondiente a los artículos 6 y 11 de la Ley 793-A, junto con la firma y sello del directivo.
Además, será obligatorio presentar la constancia de pago del seguro correspondiente a mayo de 2026 o, en su defecto, un libre deuda con fecha del mismo mes.






