Tenía 17 años cuando ocurrió el hecho y la causa por material de abuso sexual infantil pasó al fuero de Menores
La Justicia resolvió remitir al fuero Penal de la Niñez y Adolescencia una investigación por la presunta distribución de material de abuso y explotación sexual infantil, luego de determinar que el acusado era menor de 18 años al momento en que habría ocurrido el hecho.
La audiencia de incompetencia se realizó el 18 de agosto y estuvo a cargo del juez de Garantías Pablo Leonardo León Rossini. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Atilio Sebastián Yanardi y Silvina Putelli, con la colaboración de Guadalupe Guell, mientras que la defensa estuvo a cargo de la abogada Fabiana Elizabeth Salinas.
La investigación se inició a partir de un reporte de NCMEC, generado por Google, que alertó sobre la subida de material de abuso y explotación sexual infantil el 5 de junio de 2026. A partir de la dirección IP identificada, los investigadores lograron determinar que la línea telefónica vinculada a la cuenta correspondía a B. I. P., domiciliado en Rivadavia.
En un primer momento también fue investigado un hermano mayor del acusado, aunque su participación fue descartada luego de establecerse que la línea telefónica utilizada para la actividad investigada no le pertenecía.
La conducta había sido encuadrada provisoriamente como distribución de material de abuso y explotación sexual infantil, delito previsto en el artículo 128, primer párrafo, del Código Penal, en calidad de autor.
Sin embargo, durante la audiencia surgió un dato determinante para establecer qué fuero debía continuar con la investigación. Al momento del hecho, ocurrido el 5 de junio, B. I. P. tenía 17 años, 11 meses y 26 días, por lo que todavía no había alcanzado la mayoría de edad.
Ante esta situación, la Fiscalía solicitó que el Juzgado de Garantías se declarara incompetente y remitiera el expediente al Juzgado Penal de la Niñez y Adolescencia. La defensa adhirió al planteo realizado por el Ministerio Público Fiscal.
El juez León Rossini resolvió declarar la incompetencia material del Juzgado de Garantías y dispuso el cese de la intervención del Ministerio Público Fiscal en esa instancia, ordenando que las actuaciones fueran remitidas con carácter urgente al Juzgado Penal de la Niñez y Adolescencia que se encuentre de turno, para que continúe con la investigación.
Además, dejó planteado un eventual conflicto de competencia negativo en caso de que el organismo receptor rechace intervenir en el expediente. La resolución fue incorporada al sistema informático y se ordenó la notificación y remisión urgente de las actuaciones.






