Ullum: seis años después del crimen, la acusada admitió haber matado a su expareja y acordó una pena en suspenso
La causa por el homicidio de Jorge Francisco Cortez, ocurrido en diciembre de 2020 en Villa Santa Rosa, podría cerrarse el próximo 4 de marzo. Ese día, el juez Juan Bautista Bueno resolverá si homologa el juicio abreviado que prevé tres años de prisión condicional para la imputada.
A casi seis años del hecho que conmocionó a Ullum, el expediente judicial ingresó en su etapa decisiva. Esther del Valle Villalobos Rodríguez reconoció haber apuñalado a su expareja durante una discusión y aceptó una condena de tres años de prisión en suspenso bajo la figura de homicidio cometido en estado de emoción violenta.
El acuerdo fue suscripto entre el fiscal Daniel Galvani y la defensora María Filomena Noriega, y elevado a la Sala I de la Cámara en lo Penal y Correccional. Sin embargo, la querella que representa a la familia de la víctima manifestó su oposición al entendimiento alcanzado.
El hecho
El episodio se produjo en la madrugada del 12 de diciembre de 2020, en una vivienda de Villa Santa Rosa. Según la reconstrucción judicial, la pareja regresó al domicilio tras compartir una salida familiar. En ese contexto se habría desatado una discusión atravesada por reproches vinculados a celos, consumo de alcohol y conflictos previos.
Durante el altercado, se produjo un forcejeo. De acuerdo con la acusación, la mujer tomó un cuchillo y le asestó una puñalada debajo de la tetilla izquierda a Jorge Francisco Cortez. El hombre fue trasladado al hospital, pero falleció poco después a causa de la herida punzante.
La calificación legal
En el transcurso de la investigación, la imputada sostuvo que había sido víctima de violencia de género y que reaccionó bajo una intensa perturbación emocional provocada por la conducta de la víctima. Ese encuadre fue determinante para que las partes acordaran la figura de homicidio en estado de emoción violenta, prevista en el Código Penal como atenuante cuando se acredita que el hecho se cometió bajo una alteración psíquica significativa.
El juicio abreviado implica que la acusada admite su responsabilidad penal y renuncia al debate oral a cambio de una pena previamente consensuada con la Fiscalía. En este caso, la condena acordada es de tres años de prisión condicional, lo que significa que no cumpliría la pena en un establecimiento carcelario, siempre que respete las reglas de conducta que eventualmente se le impongan.
La decisión pendiente
El juez Juan Bautista Bueno deberá analizar la legalidad y razonabilidad del acuerdo antes de resolver si lo homologa. Si el tribunal lo convalida, la sentencia quedará firme y el caso se dará por concluido sin llegar a juicio oral.
La definición se conocerá el próximo 4 de marzo, fecha en la que se sabrá si el crimen que marcó a la comunidad de Ullum tendrá su cierre judicial bajo esta modalidad abreviada.






